La ejecutiva aseveró que los hoteles prestan en forma permanente el servicio de hospedaje en unidades habitacionales, por lo que requieren un mínimo de veinte habitaciones, con sanitario privado y común, según la categoría y la infraestructura que se pueda ofrecer.
En lo que corresponde a los hostales y residenciales, que prestan servicio permanente, dijo que requieren un mínimo de diez habitaciones con servicio de desayuno, sanitario privado y común.
La casas de huéspedes requieren un mínimo de seis habitaciones, con sanitarios privados y comunes, según la categoría, infraestructura, mobiliario y equipamiento adecuado.
En relación a los complejos turísticos, explicó que es necesario un mínimo de veinte habitaciones, con áreas de recreación o esparcimiento, equipos de salvamento y de primeros auxilios.
En lo que se relaciona a los establecimientos de hospedaje complementario, dijo son los que tienen características sencillas confortables, que brindan un servicio de alojamiento en especial a los deportistas o grupos unidos por un interés común, que están orientados a actividades turísticas especializadas regionales y rurales.
Las casas de campo son haciendas u otra formas habitacionales rurales que “refuncionalizan” algunos espacios para brindar un servicio de hospedaje en determinadas temporadas, para que se pueda apoyar las actividades de lo que es el turismo rural.
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