El fuego en la Chiquitania redujo las visitas a ésta zona, y ahora las movilizaciones a nivel nacional por las observaciones realizadas al Tribunal Supremo Electoral en el recuento de votos que avala victoria de Evo Morales, afectarán al turismo.
Todavía no se tienen reportes de las operadoras de turismo sobre los efectos que tienen las movilizaciones a nivel nacional, por el descontento del trabajo del órgano electoral.
Como se recordará los hechos suscitados en octubre de 2003, con la denominada “Guerra del Gas”, los turistas internacionales cancelaron sus vuelos a zonas del occidente, puesto que los conflictos se registraron en esta región.
Sin embargo, la situación es a nivel nacional, y no sólo una región se moviliza sino que son varias zonas del país se manifiestan por una segunda vuelta, que según los manifestantes la desmovilización está en manos del Presidente Evo Morales con aceptar el reto de una segunda contienda.
En la semana, la Embajada de Estados Unidos alertó de viajes a Bolivia a raíz de los hechos suscitados en Potosí, La Paz y Cochabamba, pero ahora la movilización abarca a nivel nacional.
Hace unos días atrás, la ministra de Culturas y Turismo, Wilma Alanoca, señaló que la imagen del país, como también los diferentes circuitos turísticos, está quedando afectada con esta incertidumbre.
El impacto directo de las convulsiones sociales impacta en las agencias de turismo, a los operadores de turismo, a las aerolíneas, hoteles, al transporte terrestre, a la gente que se dedica a la gastronomía y a otros servicios que están dentro de la cadena del turismo.
"El mayor flujo económico, la mayor cantidad de gente económicamente activa, está dentro de la cadena del turismo y estos anuncios, bloqueos, movilizaciones y toda la incertidumbre y miedo que están generando el grupo de opositores, lamentablemente, hacen daño a nuestro país", añadió la titular de esta cartera de Estado.
Adelantó que se avaluará los datos de las operadoras de turismo y se dará una información precisa; entre tanto, es evidente que muchos anuncios y la desinformación generada en las redes sociales "y que también es amplificada por algunos medios convencionales" afectan la imagen del país.
Entre tanto, expresó la preocupación del sector privado, porque es muy probable que se hayan cancelado varias de las reservas de turistas que pensaban llegar a Bolivia. Además, también en relación a los reportes de las operadoras de turismo, se cuantificará el daño económico que podría tener el país a raíz de estos conflictos.
sábado, 26 de octubre de 2019
Destino Aduanero Especial o de Excepción – Vehículos de Turismo
Destino aduanero especial aplicable para vehículos de uso privado que
ingresan o salen de territorio nacional, con fines turísticos por un
periodo determinado de tiempo. Conforme lo establecido en el artículo
231 del RLGA, el plazo máximo de permanencia para los vehículos de
turismo será de seis (6) meses, prorrogables por la autoridad aduanera
hasta por otro plazo igual, condicionado al tiempo de permanencia en el
territorio aduanero nacional otorgado en la visa del turista.
Los siguientes documentos son válidos para el ingreso y salida de vehículos turísticos:
Libreta Andina de Pasos por Aduana
Liberta Internacional de Pasos por Aduana
Formulario SIVETUR
ACLARACIONES: Los trámites se realizan en las Administraciones de Aduana de Frontera.
Trámite Gratuito
Pasos para realizar el trámite
PASO 1.- (DIGEMIG): Procesa la autorización de ingreso o salida de personas a/de territorio nacional.
PASO 2.- Turista: Llena uno de los siguientes formularios en la página la web de la Aduana Nacional (en adelante Formulario SIVETUR):
Formulario 249/A, (Brasil, Paraguay o Perú) y Formulario 249/B, vehículos oficiales.
Formulario Acuerdo Boliviano – Argentino (Argentina).
Formulario Acuerdo Boliviano – Chileno (Chile).
PASO 3.- Turista: Presenta ante la Aduana Nacional, el formulario SIVETUR y los siguientes documentos:
Documento de identidad.
Documento de propiedad del vehículo.
Formulario emitido por el consulado de Bolivia en el país de procedencia
(para conductores de vehículos particulares que no sean propietarios de los mismos, e ingresan a territorio nacional)
.
Poder Notarial
(para conductores de vehículos particulares que no sean propietarios de los mismos y salen de territorio nacional)
.
Para vehículos argentinos, presenta la tarjeta azul o el documento de autorización del propietario del vehículo al turista.
PASO 4.- Administración de Aduana: Procesa la autorización de ingreso/salidadel vehículo turístico.
En caso de tener observaciones, informa alturista de las mismas.
PASO 5.- Turista: Verifica el plazo otorgado, la firma y sello de Aduana en el Form. SIVETUR.
AMPLIACIÓN DE PLAZO
PASO 1.- Turista: Presenta ante la aduana de frontera, interior o aeropuerto, el formulario SIVETUR, la autorización vigente emitida por la DIGEMIG y la documentación con la que se autorizó el ingreso del vehículo.
PASO 2.- Administración de Aduana: Procesa la solicitud efectuada por el turista.
IMPORTANTE:
“Si una vez vencido el término de permanencia autorizado, no se ha producido su salida de Bolivia, se PROCEDERÁ AL COMISO DEL VEHÍCULO TURÍSTICO en aplicación del Art. 231º del Reglamento a la Ley General de Aduanas”.
Direcciones donde se realiza este trámite
Sin direcciones registradas.
Convenio Internacional del Carnet de Pasos por Aduanas Decisión 50 de la Comunidad Andina, Octavo Periodo de Sesiones Ordinarias de la Comisión 13 al 18 de marzo de 1972.
Decisión 69 de la Comunidad Andina de 17 de noviembre de 1972, Reglamento del Régimen de Internación Temporal de Vehículos de Uso Privado.
Ley N° 1990 de 28/07/1999
Ley General de Aduanas
Decreto Supremo N° 25870 de 11/08/2000 que aprueba el Reglamento a la Ley General de Aduanas
Código Tributario Boliviano de 02/08/2003
Su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004 y demás normativa conexa.
Observaciones: Los trámites se realizan en las Administraciones de Aduana de Frontera.
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:18
Requisitos del trámite
Los siguientes documentos son válidos para el ingreso y salida de vehículos turísticos:
Libreta Andina de Pasos por Aduana
Liberta Internacional de Pasos por Aduana
Formulario SIVETUR
ACLARACIONES: Los trámites se realizan en las Administraciones de Aduana de Frontera.
Costo del Trámite
Trámite Gratuito
Pasos para realizar el trámite
PASO 1.- (DIGEMIG): Procesa la autorización de ingreso o salida de personas a/de territorio nacional.
PASO 2.- Turista: Llena uno de los siguientes formularios en la página la web de la Aduana Nacional (en adelante Formulario SIVETUR):
Formulario 249/A, (Brasil, Paraguay o Perú) y Formulario 249/B, vehículos oficiales.
Formulario Acuerdo Boliviano – Argentino (Argentina).
Formulario Acuerdo Boliviano – Chileno (Chile).
PASO 3.- Turista: Presenta ante la Aduana Nacional, el formulario SIVETUR y los siguientes documentos:
Documento de identidad.
Documento de propiedad del vehículo.
Formulario emitido por el consulado de Bolivia en el país de procedencia
(para conductores de vehículos particulares que no sean propietarios de los mismos, e ingresan a territorio nacional)
.
Poder Notarial
(para conductores de vehículos particulares que no sean propietarios de los mismos y salen de territorio nacional)
.
Para vehículos argentinos, presenta la tarjeta azul o el documento de autorización del propietario del vehículo al turista.
PASO 4.- Administración de Aduana: Procesa la autorización de ingreso/salidadel vehículo turístico.
En caso de tener observaciones, informa alturista de las mismas.
PASO 5.- Turista: Verifica el plazo otorgado, la firma y sello de Aduana en el Form. SIVETUR.
AMPLIACIÓN DE PLAZO
PASO 1.- Turista: Presenta ante la aduana de frontera, interior o aeropuerto, el formulario SIVETUR, la autorización vigente emitida por la DIGEMIG y la documentación con la que se autorizó el ingreso del vehículo.
PASO 2.- Administración de Aduana: Procesa la solicitud efectuada por el turista.
IMPORTANTE:
“Si una vez vencido el término de permanencia autorizado, no se ha producido su salida de Bolivia, se PROCEDERÁ AL COMISO DEL VEHÍCULO TURÍSTICO en aplicación del Art. 231º del Reglamento a la Ley General de Aduanas”.
Direcciones donde se realiza este trámite
Sin direcciones registradas.
Más información
Convenio Internacional del Carnet de Pasos por Aduanas Decisión 50 de la Comunidad Andina, Octavo Periodo de Sesiones Ordinarias de la Comisión 13 al 18 de marzo de 1972.
Decisión 69 de la Comunidad Andina de 17 de noviembre de 1972, Reglamento del Régimen de Internación Temporal de Vehículos de Uso Privado.
Ley N° 1990 de 28/07/1999
Ley General de Aduanas
Decreto Supremo N° 25870 de 11/08/2000 que aprueba el Reglamento a la Ley General de Aduanas
Código Tributario Boliviano de 02/08/2003
Su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004 y demás normativa conexa.
Observaciones: Los trámites se realizan en las Administraciones de Aduana de Frontera.
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:18
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